Layda Sansores sí cometió violencia política contra diputadas del PRI, confirma TEPJF
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román, cometió violencia política de género en contra de diputadas federales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y, por lo tanto, debe ser inscrita en el registro de personas sancionadas por violencia política de género.
El tiempo de la inscripción deberá ser evaluado de nueva cuenta por la Sala Especializada del TEPJF.
Esta controversia se originó el año pasado cuando diputadas federales del PRI denunciaron a la gobernadora por expresiones difundidas en un episodio del programa “Martes del Jaguar”.
Las expresiones denunciadas señalaban que algunas legisladoras enviaron fotografías íntimas al presidente de este partido a cambio de una candidatura o favor político, se recalcó en la sesión pública de la Sala Superior del TEPJF.
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Las legisladoras presentaron denuncias no solo en contra de la mandataria sino también de Morena, su dirigente en Campeche y los titulares de Comunicación Social y del Sistema de Televisión y Radio del estado, así como de diversos medios de comunicación, influencers, analistas políticos y comunicadores, por la difusión del episodio.
En su momento, la Sala Superior determinó que los derechos de las diputadas del PRI fueron afectados y ordenó la adopción de medidas para proteger y reparar dichas afectaciones.
En origen, la Sala Especializada determinó que hubo violencia política de género en perjuicio de las diputadas, lo cual llevó a la imposición de sanciones económicas a las personas responsables y a su inclusión en el registro de personas sancionadas, quienes impugnaron ante la Sala Superior.
El pleno, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, quien junto con la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso y el magistrado José Luis Vargas Valdez tuvieron este miércoles ausencia justificada, confirmó que las expresiones de Sansores sí constituyeron violencia política de género.
Por tanto, reafirmó la necesidad de inscribir a la gobernadora y las demás personas responsables en el registro de personas sancionadas.
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Además, ordenó a la Sala Especializada analice nuevamente si se acredita o no la violencia política de género de las restantes personas que fueron denunciadas.
La propuesta propone revocar la temporalidad que dicha servidora pública debe permanecer inscrita, para lo cual deberá observar la metodología que esta Sala Superior estableció el año pasado.
Por otra parte, a petición de los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Indalfer Infante Gonzales y Reyes Rodríguez Mondragón, se consideró que las medidas de reparación integrales complementarias debían revocarse, ya que vulneran el principio de non bis in ídem.
Por tanto, se le pidió a la Sala Regional Especializada determine nuevamente el periodo de tiempo durante el cual la gobernadora deberá permanecer registrada, atendiendo a los parámetros establecidos en la sentencia.
*BC