Restricciones para circular, la CDMX activó Contingencia Ambiental Fase 1
Por Redacción
| 29 Marzo, 2022
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de la Contingencia Ambiental por Ozono y determinó que el miércoles 30 de marzo habrá restricciones para la circulación de vehículos, pero hay otros que si podrán circular.
El organismo ambiental agregó que mañana miércoles no podrán circular las unidades que tengan holograma de verificación 2, los de terminación 1, cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0.
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Estas son las exenciones:
- Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
- Vehículos que porten holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con hologramas “0 y 00” engomado color rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica (incluye vehículos con personas que asisten a la vacunación por la Covid-19 y que porten folio de cita).
- Vehículos de uso particular de trabajadores y trabajadoras del sector salud en todas sus especialidades, paramédica y administrativa con credencial vigente.
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- Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental.
- Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
- Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
- Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
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- Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel ygas L.P.).
- Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
- Los vehículos que formen parte del Programa Paisano y porten la autorización correspondiente.
- Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
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